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Los afectados por el cártel de los fabricantes de coche preparan miles de demandas para reclamar judicialmente sus derechos.
Las empresas contravinieron la ley actuando con la intención demostrada de proteger sus propios intereses perjudicando a los de sus clientes con el “intercambio constante de información confidencial comercialmente sensible”. Por tanto, las personas que se vieron afectadas por estas prácticas ilícitas durante los años en que se desarrollaron tienen derecho a reclamar en concepto de daños y perjuicios. Varias estimaciones señalan que el total de vehículos afectados supera los 10 millones.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) concluyó en 2015 que la antigua PSA, Ford, General Motors, Fiat, Nissan, Toyota, BMW y una quincena de empresas más intercambiaron información confidencial de manera continuada para controlar el mercado de la distribución de vehículos, así como de servicios posventa de reparación, mantenimiento y recambio de piezas. El regulador impuso a los fabricantes la mayor multa de su historia: 171 millones repartidos entre 23 empresas. La Audiencia Nacional confirmó las multas impuestas por la CNMC en sentencias dictadas en diciembre 2019, desestimando los recursos presentados por las empresas involucradas.
En los últimos meses la Sala III de lo Contencioso-Administrativo Tribunal Supremo ha ido desestimando los recursos de casación presentados por 15 de los fabricantes y, por tanto, resultando ya firmes las multas impuestas por prácticas contrarias a la Ley de Defensa de la Competencia. Se espera que en un período corto de tiempo adopte el mismo posicionamiento con respecto al resto de compañías implicadas en la trama.
El fallo argumenta que Competencia reunió “elementos probatorios e indiciarios suficientes de que, mediante una conducta coordinada entre empresas competidoras, se ha producido tal intercambio bajo unas exigencias de reciprocidad entre las empresas partícipes, con el objeto de sustituir conscientemente los riesgos de la competencia por una cooperación práctica entre ellas, disminuyendo la incertidumbre sobre elementos clave de sus políticas comerciales y con aptitud para determinar su comportamiento en el mercado”. “La regularidad y estabilidad de las reuniones, la organización y convocatoria de las mismas son elementos que confirman la calificación de la conducta como infracción muy grave constitutiva de cártel”, añade.
La Justicia entiende que no es comprensible una conducta de intercambio de información si no es bajo el prisma de tratar de uniformar las condiciones comerciales y eliminar la incertidumbre para restringir, falsear o eliminar la competencia.
Indemnizaciones a los consumidores
Tras las sentencias del Tribunal Supremo en las que se ratifican las multas a cada una de las compañías, se ha abierto la vía para que más de 10 millones de particulares y empresas que compraron vehículos nuevos de estas marcas entre febrero de 2006 y agosto de 2013 reclamen a los fabricantes una indemnización que, en función de la marca y el modelo adquirido, podría ser de unos 2.500 euros de media.
Cualquier persona física o jurídica que haya adquirido un vehículo de uno de los fabricantes condenados entre estas fechas puede reclamar sumándose a las acciones ejercidas.
Sobre BUREAU PARTAGAS ABOGADOS
BUREAU PARTAGAS ABOGADOS, inició su andadura hace más de 15 años como un despacho especializado en el derecho laboral. En concreto, en el ámbito de las enfermedad profesionales (víctimas del amianto). Actualmente, su actividad alcanza también el ámbito del derecho de los consumidores, en concreto, demandas colectivas de perjudicados por fraudes de productos médicos y sanitarios (implantes mamarios PIP). Son miles de clientes los que han confiado en el bufete.
En los últimos tiempos hemos alcanzado diferentes alianzas con otros despachos de prestigio. En concreto, el bufete fránces GAUDON & ASSOCIÉS, lo cual, ha permitido a la firma ofrecer las mejores soluciones jurídicas.